El Decreto Supremo 009-2021-SA da a conocer que a partir del 7 de marzo hasta el 2 de setiembre se extiende el estado de emergencia sanitaria. Las razones por la que se tomó esta decisión son: la segunda ola de la COVID-19 y las nuevas variantes del virus (se caracterizan por ser más contagiosas). Además, la medida contempla continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud de toda la población del país.
Asimismo, el Decreto Supremo señala que le corresponde al Ministerio de Salud (Minsa), al Instituto Nacional de Salud (INS) y a Seguro Social de Salud (EsSalud), realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción–Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú”.
Por último, concluido el estado de emergencia las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción, deberán informar sobre las actividades y recursos ejecutados, así como los resultados alcanzados.
Fuente: El peruano