A través de un decreto legislativo, el Gobierno promulgó la ley que faculta a los policías a solicitar identificación a cualquier persona sin la necesidad de orden de un fiscal o juez.
A través de un decreto legislativo publicado en el Diario El Peruano, el Ejecutivo informó que dicha situación se dará cuando el agente del orden considere que “resulta necesario para prevenir un delito“.
“La Policía sin necesidad de orden del fiscal o del juez podrá requerir la identificación de cualquier persona y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible”, se lee en el ofició.
Asimismo señalan que la persona intervenida tiene el derecho de exigir al efectivo policial le proporcione su identidad y la dependencia a la que está asignado.
Según el documento “La identificación se realizará en el lugar en que la persona se encuentre, por medio del correspondiente documento de identidad (…) Si existiere fundado motivo que el intervenido pueda estar vinculado a la comisión de un hecho delictuoso, la Policía podrá registrarle sus vestimentas; equipaje o vehículo”
Además, dicha medida informa que la intervención policial no puede exceder de cuatro horas en caso de ciudadanos peruanos. Por otra parte, en caso de extranjeros el procedimiento no puede superar las doce horas.